Ley de Inclusión Laboral N°21.015
La Ley de Inclusión Laboral N°21.015 establece que, empresas e instituciones públicas con 100 o más trabajadores deben contratar, según corresponda, al menos el 1% de personas con discapacidad o que sean asignatarias de una pensión de invalidez. En el caso de no poder dar cumplimiento se debe acoger a una de las medidas subsidiarias existentes.
Una de estas medidas es efectuar donaciones en dinero a proyectos o programas de asociaciones, corporaciones o fundaciones cuyo objeto social sea la capacitación, rehabilitación, promoción y fomento para la creación de empleos, contratación o inserción laboral de las personas con discapacidad. Lo anterior, se realiza bajo la normativa de la Ley N°19.885 (Ley de Donaciones con Fines Sociales).
Para mayor información sobre la Ley de Inclusión Laboral, puedes acceder a las Preguntas Frecuentes.
Directorio de instituciones que han sido previamente aprobadas por el Ministerio de Desarrollo Social y por un Consejo, cuya misión es trabajar a favor de personas vulnerables.
Directorio de instituciones que han sido previamente aprobadas por el Ministerio de Desarrollo Social y por un Consejo, cuya misión es trabajar a favor de personas vulnerables.
- Ley N° 21.015 Incentiva la Inclusión de Personas con Discapacidad al Mundo Laboral: http://bcn.cl/20zja
- Reglamento Sector Público: https://goo.gl/fuCQvg
- Reglamento Sector Privado: https://goo.gl/bhmHtF